| El INSS modifica la decisión de las mutuas en un 35% de los expedientes de IT que revisa |
De un total de 10.057 expedientes revisados en 2006, los médicos del INSS consideraron enfermedad profesional, 3.523 declarados por las mutuas como enfermedad común
El Instituto Nacional de la Seguridad Social modificó la decisión de las mutuas en un 35% de los expedientes por Incapacidad Temporal, en los casos en que los trabajadores solicitaron su dictamen al declarar que lo que las mutuas consideraban una Incapacidad Temporal originada por una enfermedad común (IT por contingencia común) en realidad se trataba de una IT por contingencia profesional. En un 61% de los casos, el INSS coincidió con las mutuas al confirmar su acuerdo con el dictamen de enfermedad común. La prestación que recibe el trabajador por accidente de trabajo o enfermedad profesional es mayor que la que percibe por enfermedad común.
A lo largo de 2006 se aplicó un Decreto, aprobado por el Gobierno en septiembre de 2005, que devolvía al INSS la capacidad de determinar si la situación de IT de un trabajador se debe a accidente de trabajo, enfermedad profesional o enfermedad común. El Gobierno anterior había otorgado esta potestad a las mutuas en marzo de 2004, sin tener en cuenta que los tribunales del orden social habían unificado su doctrina en un sentido similar al que recogió el citado Decreto de septiembre de 2005.
El principal resultado de este cambio normativo es una mejora en la protección de los trabajadores, ya que en caso de desacuerdo con la decisión de la mutua pueden acudir al dictamen del INSS antes de recurrir a los tribunales.
Según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, durante el pasado año se resolvieron 10.029 expedientes de este tipo. De ellos, 3.523 (35,1%) son procesos de IT por contingencia común que el INSS declara que se trata de una enfermedad profesional y 6.192 (61,7%) son procesos de IT por contingencia común que el INSS confirmó como tales. A ellos hay que añadir 107 expedientes por procesos de contingencia profesional que el INSS consideró contingencia común y 207 de IT por contingencia profesional que confirmó como tales. En los dos últimos casos, las revisiones de expedientes las realiza en su mayoría el INSS a iniciativa propia (de oficio), aunque alguna minoría puede haber sido presentada por los trabajadores ante posibles presiones para que abandonen su puesto de trabajo argumentando que padecen una enfermedad derivada del ejercicio de su actividad.Fuente INSS